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Prohibición de Comercialización del Producto

El Área de Bromatología Municipal comunica:Prohibición de comercialización del producto: Aceite de girasol marca “El Entrerriano”La Dirección de Bromatología de la provincia de Chaco informa las acciones realizadas en relación a la comercialización del producto: “Aceite de girasol” marca: El Entrerriano, cont. neto 4,5 litros vencimiento 12/2021, RNPA 02-571050, RNE 02-033960, que no cumpliría la legislación alimentaria vigente.En el marco de las investigaciones, la Dirección de Bromatología de Chaco re realiza las consultas federales N° 5334 y N° 5335 a través del Sistema Federal de Información para la Gestión de Alimentos (SIFeGA) a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires (DIPA) a los fines de verificar la información declarada en el rótulo, el registro de producto N° 025710050 y comprobar la habilitación del establecimiento RNE 02-033960. Atento a ello, la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires indica que esos registros pertenecen a otro establecimiento y producto.El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser un producto falsificado y falsamente rotulado al consignar registros de producto y establecimiento de otro alimento, resultando ser en consecuencia ilegal.