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Nueva Disposición Municipal en el marco del aislamiento social preventivo obligatorio

El Municipio de Seguí ha emitido nuevas disposiciones en el marco del “aislamiento social preventivo obligatorio” establecido por el Gobierno Nacional.
Las medidas rigen a partir del día lunes 23 de marzo y hasta el 31 de marzo inclusive, pudiéndose prorrogar conforme las disposiciones del Gobierno Nacional.

El Decreto 071/2020 del Departamento Ejecutivo establece:
1- Horarios de atención al público para los comercios contemplados en las excepciones previstas en el DNU 297/2020 del 19 de marzo de 2020:
a) Supermercados, Farmacias, Ferreterías y Veterinarias: de 8.00 a 14.00 horas y cierre obligatorio los días domingo;
b) Despensas, carnicerías, almacenes de barrio y kioscos: de 8.00 a 20.00 horas en horario continuo o discontinuo.

2- Los comercios contemplados anteriormente podrán realizar el servicio de entrega a domicilio hasta las 20.00 horas sin excepción.
3- Las rotiserías y comedores habilitados podrán realizar el servicio de entrega a domicilio hasta las 23.00 horas sin excepción.

El Municipio de Seguí declara la emergencia sanitaria

El Municipio de Seguí mediante Decreto N° 052-2020 de fecha 13 de marzo de 2020 declara la emergencia sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relación con el coronavirus COVID-19 con las siguientes medidas a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo inclusive:
a) Suspensión de todas las actividades de la Escuela Municipal de deportes;
b) Suspensión de actividades del Centro de Desarrollo Infantil municipal;
c) Cierre del Complejo Municipal para todo público y para todas las actividades;
d) Para el ámbito del Hogar Municipal para Adultos Mayores “Nuestra Sra. de la Merced”, limitar las visitas a los residentes y extremar las medidas sanitarias y acciones preventivas en el establecimiento.
Las medidas dispuestas podrán prorrogarse en caso de persistir la situación epidemiológica; ampliarse y/o complementarse con las disposiciones que surjan del gobierno provincial.
Por otro lado, se suspenden todas las habilitaciones y permisos emitidos o a emitirse desde el municipio para la realización de todo evento cultural, artísitico, recreativo, deportivo, social de participación masiva, por el término de treinta (30) días, pudiéndose prorrogar en caso de persistir la situación epidemiológica
Se invita además a las instituciones comerciales, económicas, religiosas, deportivas y de índole social a disponer en su ámbito los recaudos sanitarios adecuados.

DESCARGAR DECRETO N° 052 – 2.020 EMERGENCIA SANITARIA